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FEICAC

Fondo Especial de Incentivo a la Cultura, las Artes y las Ciencias


Es un fondo creado por la Municipalidad de Paraná y coordinado por la Subsecretaría de Cultura.

Los proyectos seleccionados reciben un estímulo monetario, según las condiciones establecidas por la ordenanza Nº8595 y sus modificatorias, y el Decreto reglamentario Nº 554/2007.

Es un fondo creado para apoyar y acompañar proyectos artísticos, culturales y de ciencias que estén orientados a la promoción y al desarrollo sociocultural de la comunidad paranaense. Podrán presentarse personas, organizaciones e instituciones con proyectos individuales o colectivos.

En esta edición se priorizarán los proyectos que promuevan a través del arte, la cultura y la ciencia; la inclusión y la transformación social.

Vinculando el arte, la cultura y la ciencia con:
Educación,
Salud y ambiente,
Género y diversidad,
Turismo,
Nuevas tecnologías

Pudiendo cada proyecto abarcar más de una línea de interés.

Los rubros son:

a) Emprendimientos de base cultural sin fines de lucro. Tope de financiamiento $ 500.000 (pesos quinientos mil)

b) Emprendimientos asociativos de base cultural, artística o científica con o sin fines de lucro. Tope de financiamiento $500.000 (pesos quinientos mil)

c) Producción de diseños, ediciones discográficas, editoriales y audiovisuales independientes. Tope de financiamiento $500.000 (pesos quinientos mil)

d) Proyectos de preservación, montaje, restauración y puesta en valor del patrimonio artístico, histórico y arquitectónico de la ciudad. Tope de financiamiento $1.500.000 (pesos un millón quinientos mil)

Cada proyecto presentado debe poner un monto máximo y un monto mínimo necesario para la correcta ejecución de la propuesta realizada. El jurado, en su etapa de evaluación y selección definirá el monto aportado por el FEICAC para cada proyecto, sobre la base del mínimo y máximo de cada presentación.

 

Calendario

Bases y condiciones

Formulario de Inscripción

Formulario del Proyecto

Preguntas frecuentes

Decreto N° 554/07

Ordenanza N° 8595

 

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